Mucho cuidado con las Enajenaciones Indirectas. Este es un hecho gravado en el territorio Colombiano

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¿Sabías que las operaciones donde se transfieren acciones en sociedades, derechos o activos ubicados en el territorio nacional, a través de la enajenación a cualquier título de acciones, participaciones o derechos en entidades del exterior, se entienden una venta indirecta?

Te cuento que sí, en estricto sentido esto configura una venta indirecta.

A finales del año 2020 quedó reglamentado el régimen de enajenaciones indirectas, con esto el gobierno colombiano busca prevenir la elusión del impuesto de renta, y por lo tanto estas ventas deben someterse a tributación en Colombia.

Cada caso debe ser analizado en particular, por lo cual, si requieres asesoría, no dudes en contactarme.

Eliana Galvis Berrocal.